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El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, encomienda a ANECA, y a la AVAP en su calidad de órgano de evaluación de la Comunitat Valenciana en materia de calidad universitaria, que una vez implantada las enseñanzas inscritas en el RUTC debe hacer un seguimiento del cumplimiento del proyecto contenido en el plan de estudios verificado por el Consejo de Universidad.
El proceso culminará transcurridos seis años de la implantación de un título con una nueva acreditación que compruebe que el plan de estudios se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial.
Así pues y teniendo en cuenta los Criterios y Directrices Europeos para la Garantía de la Calidad en la Educación Superior y las recomendaciones de la REACU, la AVAP ha puesto en marcha un programa de seguimiento de los títulos de nueva implantación en la Universidades de la Comunitat Valenciana. A través de este programa generará los análisis e informes destinados a los diferentes agentes implicados en la implantación y desarrollo de las nuevas titulaciones como contribución a la garantía de la calidad de los mismos.
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