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La declaración conjunta de los ministros europeos de enseñanza, realizada en Bolonia, el 19 de junio de 1999 fija un nuevo marco para la educación superior. Con él se inicia un proceso de convergencia que conlleva la reforma en la estructura y organización de la enseñanza superior basada en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. Los principios de este espacio común, están basados en la movilidad, el reconocimiento de titulaciones y la formación permanente.
Según la normativa vigente, en España corresponde a las universidades crear y proponer los títulos que se hayan de impartir y expedir (Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades). Los planes de estudio deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las respectivas CC.AA. (RD 1393/2007, de 29 de octubre).
En la Comunidad Valenciana compete a la Consellería de Educación la autorización de los mismos y a la AVAP la evaluación de las actividades afines que establezca la Ley Orgánica de Universidades (Ley 5/2006, de 25 de mayo, de la Generalitat, de Creación de la AVAP).
La evaluación de la AVAP se centrará en los principios exigibles para la implantación de las enseñanzas universitarias propuestas como son
Actualmente la AVAP está evaluando las nuevas solicitudes de implantación de grados y máster presentadas por las universidades valencianas para el curso 2011-2012.
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